Vol. 33 Núm. 1 (2013): Homenaje a Eugenio Bulygin I
Artículos

¿Un Bulygin pragmático?

Martín Bohmër
Universidad de San Andrés / Universidad de Buenos Aires, Argentina
María Gabriela Scataglini
Universidad de Buenos Aires, Argentina

Publicado 2013-05-01

Palabras clave

  • Normas,
  • Significado como uso,
  • Excepciones implícitas,
  • Trasfondo,
  • No teoría
  • Norms,
  • Meaning as use,
  • Implicit exceptions,
  • Background,
  • No-theory

Resumen

En este trabajo confrontamos la posición de Bulygin acerca de las normas con la del escéptico semántico y la del incorporacionista. Entendemos a ambas figuras como expresiones —matizadas— de dos enfoques generales respecto del comportamiento en base a reglas: a) el que no ve en este más que "decisiones arbitrarias", meras reacciones o hábitos de conducta, y b) el que asimila la explicación de lo normativo con el ajuste a reglas o principios (explícitos o explicitables). Ahora bien, la noción general de Bulygin que concibe a las normas como proposiciones o entidades conceptuales, parece —paradójicamente— rozar el escepticismo cuando se enfrenta a la imposibilidad de listar en forma completa las excepciones implícitas en la formulación de una regla. Proponemos una concepción alternativa basada en la noción de que el significado se muestra en el "uso", entendido este como el dominio de una técnica que constituye una "práctica social", en la cual reside un tipo de corrección (en la) práctica que no depende de justificaciones explícitas, sino de un trasfondo no expreso que hace irreductible a una teoría la aplicación de normas jurídicas.

Citas

  1. Alchourrón, C. (2010), Fundamentos para una teoría general de los deberes, Barcelona, Marcial Pons.
  2. Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1975), Introducción a la Metodología de las Ciencias Jurídicas y Sociales, Buenos Aires, Astrea.
  3. Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1981), “La concepción expresiva de las normas”, en Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1991), pp. 121-151.
  4. Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1991), Análisis lógico y Derecho, Madrid, Centro de Estudios Constitucionales.
  5. Bayón, J. C. (2007), “Bulygin y la justificación de las decisiones judiciales: la parte sorprendente”, en Moreso, J. J. y Redondo, M. C. (eds.), Un diálogo con la teoría del derecho de Eugenio Bulygin, Madrid-Barcelona, Marcial Pons.
  6. Brandom, R. (1994), Making it explicit. Reasoning, Representing and Discoursing Commitment. Cambridge, Massachusetts-Londres, Harvard University Press.
  7. Brandom, R. (2002), La articulación de las razones. Una introducción al inferencialismo, Madrid, Siglo Veintiuno de España.
  8. Bulygin, E. (1963), “El concepto de vigencia en Alf Ross”, en Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1991), pp. 339-353.
  9. Bulygin, E. (1986) “Dogmática jurídica y sistematización del derecho”, en Alchourrón, C. y Bulygin, E. (1991), pp. 465-484.