Publicado 2013-05-01
Palabras clave
- Sistemas normativos,
- Normas y proposiciones normativas,
- Principio de prohibición
- Normative systems,
- Norms and norm-propositions,
- Principle of prohibition
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Resumen
Este trabajo analiza los aspectos más destacados de la polémica entre Juan Carlos Bayón y Eugenio Bulygin acerca de las lagunas jurídicas, el principio de prohibición (i.e., "las conductas no prohibidas están permitidas") y el alcance de la discreción judicial. En esta disputa, Bulygin defiende cuatro tesis centrales, enunciadas en Normative Systems (Alchourrón y Bulygin 1971): (i) una cuidadosa distinción entre normas y proposiciones normativas es esencial para resolver el problema de las lagunas jurídicas, (ii) la versión débil del principio de prohibición no sirve para mostrar que no existen lagunas, (iii) la versión fuerte del principio de prohibición es verdadera solo cuando el sistema es completo, y (iv) en casos de lagunas jurídicas, los jueces tienen discreción para resolver estas situaciones. Sin embargo, Bayón señala que el problema no es la falta de distinción entre normas y proposiciones normativas sino el desacuerdo acerca de cuándo una solución jurídica es concluyente. La diferencia entre soluciones prima facie y concluyente es esencial porque en ciertas situaciones (i.e. casos jurídicamente irrelevantes), el derecho no da una respuesta pero tampoco deja espacio para la discrecionalidad judicial. Según Bayón, en estos casos el principio de prohibición "todo lo que no está prohibido está permitido" juega un papel fundamental. Este trabajo muestra que los argumentos de Bayón son insuficientes para rechazar las tesis clásicas defendidas por (Alchourrón y) Bulygin.
Citas
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