v. 22 n. 2 (2002)
Artigos

El silencio del derecho

Publicado 2002-11-01

Resumo

De acuerdo a Raz no hay lagunas jurídicas originadas en el silencio del derecho. Tales lagunas presuponen una situación en la que no hay razones para realizar una acción y tampoco hay un permiso concluyente para omitirla. Raz pretende que una situación tal lleva a contradicción y, por lo tanto, es imposible. Esto significa que todos los sistemas jurídicos son necesariamente completos. En este artículo sostengo: (1) que el argumento de Raz en contra de las lagunas presupone lo que pretende probar; (2) que el concepto de permiso concluyente es inadecuado para caracterizar la completitud y, por ende, las lagunas, y debe ser sustituido por una concepto más fuerte; y (3) que las lagunas del derecho debidas a la ausencia de regulaciones jurídicas son posibles y, por lo tanto, el problema de la completitud de sistemas jurídicos es una cuestión empírica que no puede ser resuelta por la lógica.